Perseverar en la búsqueda del ejercicio claro y recto de la justicia en la Iglesia:
Francisco a la Signatura Apostólica
(RV).- (con video) El Santo Padre Francisco ha recibido esta mañana en audiencia en
la sala Clementina del Palacio Apostólico a los participantes a la Asamblea Plenaria
del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica. En su discurso el Papa ha hablado
de la actividad de dicha Suprema Corte que consiste en “favorecer el trabajo de los
tribunales eclesiásticos, llamados a responder adecuadamente a los fieles que acuden
a la Iglesia para obtener una decisión justa”. El Papa ha pedido idóneos ministros
de justicia y ha destacado la importante labor del Defensor del vínculo, en su delicada
tarea de “armonizar las disposiciones del Código de Derecho Canónico con las situaciones
concretas de la Iglesia y de la sociedad”. Francisco les ha exhortado, al término
del encuentro, “a perseverar en la búsqueda del ejercicio claro y recto de la justicia
en la Iglesia, en respuesta a los deseos legítimos que los fieles dirigen a los pastores,
especialmente cuando confiados requieren de su autoridad para aclarar su propia situación”.
Discurso completo del Santo Padre Francisco a los
participantes a la Asamblea Plenaria del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica
Señores
Cardenales , Queridos hermanos en el episcopado y en el sacerdocio; Queridos
hermanos y hermanas,
Su sesión Plenaria me da la oportunidad de recibir a todos
los que trabajan en el Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica, expresando a cada
uno de ustedes mi gratitud por la promoción de la recta administración de la justicia
en la Iglesia. Les saludo cordialmente y agradezco al Cardenal Prefecto por las palabras
con las que ha introducido nuestro encuentro.
Su actividad consiste en favorecer
el trabajo de los tribunales eclesiásticos, llamados a responder adecuadamente a los
fieles que acuden a la justicia de la Iglesia para obtener una decisión justa. Ustedes
se esfuerzan para que funcionen bien, mientras apoyan a la responsabilidad de los
obispos en la formación de idóneos ministros de justicia. Entre ellos, el Defensor
del vínculo desarrolla una función importante, especialmente en el proceso de nulidad
del matrimonio. Es necesario, en efecto, que pueda realizar su misión con eficacia,
para facilitar la consecución de la verdad en la sentencia definitiva, a favor del
bien pastoral de las partes en causa.
En este sentido, la Signatura Apostólica
ha ofrecido importantes contribuciones. Pienso, en particular, a la colaboración en
la preparación de Instrucción Dignitas connubii, que extrae normas aplicativas de
procedimiento. En esta línea se coloca también esta Asamblea Plenaria, que pone en
el centro de los trabajos la promoción de una defensa efectiva del vínculo matrimonial
en los procesos canónicos de nulidad.
La atención dirigida al ministerio
del Defensor del vínculo es ciertamente oportuna, porque su presencia y su intervención
son necesarias en todo el desarrollo del proceso ( cf. Dignitas connubii , 56 , 1-2,
279 , 1 ). Del mismo modo, está previsto que él proponga todo tipo de pruebas, de
excepciones, apelaciones y recursos que, en el respeto de la verdad, promuevan la
defensa del vínculo. La Instrucción citada describe, en particular, el papel del
Defensor del vínculo en las causas de nulidad por incapacidad psíquica, que en algunos
Tribunales son el único elemento de nulidad. Hace hincapié en la diligencia que debe
hacer para evaluar las preguntas a los expertos, así como los resultados de dichas
pericias (cf. 56 , 4 ). Por lo tanto, el Defensor del vínculo que quiere hacer un
buen servicio no se puede limitar a una lectura apresurada de los actos, ni a dar
respuestas burocráticas y genéricas. En su delicada tarea, está llamado a tratar de
armonizar las disposiciones del Código de Derecho Canónico con las situaciones concretas
de la Iglesia y de la sociedad.
El cumplimiento completo y fiel de la tarea
del Defensor del Vínculo no constituye una reclamación en detrimento de las prerrogativas
del juez eclesiástico, el cual sólo es responsable de la definición de la causa. Cuando
el Defensor del vínculo ejercita el deber de apelar, incluso a la Rota Romana, contra
una decisión que considera perjudicial para la verdad de la unión, su tarea no es
un acto de prevaricación contra el juez. Es más, los jueces pueden encontrar en la
cuidadosa obra de quien defiende el vínculo matrimonial una ayuda a su propia actividad. El
Concilio Vaticano II ha definido la Iglesia como comunión. En esta perspectiva, van
vistos tanto el servicio del Defensor del vínculo, como la consideración que debe
darse a la misma, en un diálogo atento y respetuoso.
Una nota final, muy importante,
con respecto a los agentes involucrados en el ministerio de la justicia eclesial.
Éstos actúan en nombre de la Iglesia, son parte de la Iglesia. Por lo tanto, siempre
hay que mantener viva la conexión entre la acción de la Iglesia que evangeliza y la
acción de la Iglesia que administra la justicia. El servicio a la justicia es un compromiso
de vida apostólica: debe ser ejercitado teniendo fijos los ojos en la imagen del Buen
Pastor, que se inclina hacia la oveja perdida y herida.
Al término de este
encuentro, os animo a todos a perseverar en la búsqueda del ejercicio claro y recto
de la justicia en la Iglesia, en respuesta a los deseos legítimos que los fieles dirigen
a los pastores, especialmente cuando confiados requieren de su autoridad para aclarar
su propia situación. Santa María, a quien invocamos bajo el título de Espejo de justicia,
les ayude a ustedes y a toda la Iglesia a caminar por el camino de la justicia, que
es la primera forma de caridad. ¡Gracias y buen trabajo!