(RV).- En Granada, España, del 22 al 24 de noviembre se realizó el IX Congreso titulado
“Persecución y martirio a causa de la fe y del compromiso con el Evangelio”, en la
facultad de Teología de Granada, promovido por la Asociación del Laicado Trinitario
de España, en el que participó el Cardenal Peter K.A. Turkson, Presidente del Pontificio
Consejo Justicia y Paz, y a quien se le asignó el tema “La libertad religiosa, derecho
fundamental como camino para la paz”. El purpurado en su disertación recuerda que
si bien los cristianos constituyen el grupo religioso más perseguido en el mundo,
siguen haciéndose promotores de un mensaje de paz, para responder con paz a la violencia.
A continuación el texto con la prolusión del Cardenal Peter Kodwo Appiah Turkson:
IX
Congreso Trinitario Internacional “Granada 2012”, «Persecución y martirio
a causa de la fe y del compromiso con el Evangelio» LA LIBERTAD RELIGIOSA,
DERECHO FUNDAMENTAL, COMO CAMINO PARA LA PAZ Jueves 22 de noviembre
de 2012 Saludos Porto conmigo los saludos y los mejores deseos en la oración
del Pontificio Consejo “Justicia y Paz”. Confío en que vuestras jornadas aquí, reflexionando
sobre el importante tema Persecución y martirio a causa de la fe y del compromiso
con el Evangelio.
Introducción/conexión con el tema general del Congreso
El
titulo que me ha sido asignado, La libertad religiosa, derecho fundamental, como camino
para la paz, trae a la memoria, inmediatamente, el Concilio Vaticano II y la formidable
declaración Dignitatis humanae. Asi, quiero desarrollar, en el espíritu del aniversario
del Concilio, una clave de lectura del tema de este Congreso en términos de encuentro
de la Iglesia con el mundo. En este sentido, este título traduce en términos históricos
y doctrinales el titulo general del Congreso según una clave de lectura que cada día
buscamos realizar en el Pontificio Consejo de la Justicia y de la Paz. El fin
principal de mi intervención es animar la acción y la inspiración de la solidaridad
trinitaria en comunión con nuestros hermanos perseguidos en cualquier parte del mundo.
Conexión con el fundador, san Juan de Mata (1154-1213) e introducción
a los temas
El diálogo entre las religiones y el ecumenismo son dos aspectos
decisivos de la Iglesia de nuestro tiempo, aunque no son conceptos nuevos para ella.
La Orden Trinitaria es antiquísima. Su fundador, San Juan de Mata (1154-1213) dedicó
toda su existencia a la liberación y al auxilio de las almas oprimidas por la esclavitud
del espíritu y del cuerpo a causa de la fe. Situación presente aun en nuestros días
– en el tercer milenio-, en los que la humanidad no ha superado todavía, por desgracia,
la abominación de la persecución y de la opresión del hombre por el hombre. Las
noticias internacionales cada día, presentan una situación vasta y dolorosa al respecto,
realidad aun más dolorosa cuando se tiene noticia de atentados y delitos sanguinarios
efectuados contra pacíficas comunidades reunidas en oración. Recuerdo, al respecto,
un pasaje muy significativo del discurso de Benedicto XVI, dirigido al cuerpo diplomático
acreditado ante la Santa Sede en el 2011: «La paz se construye y se conserva solamente
cuando el hombre puede libremente buscar y servir a Dios en su corazón, en su vida
y en sus relaciones con los demás». He aquí el núcleo de la cuestión: la relación
entre la libertad religiosa y la paz. La libertad religiosa constituye parte fundamental
de la dignidad de la persona humana, y esto no sólo para los cristianos, sino para
toda la humanidad, porque esta libertad establece el derecho de cada uno de buscar
a Dios según las propias posibilidades y en comunión con él y con los hermanos. En
este sentido, la libertad religiosa está estrechamente vinculada a la libertad de
conciencia y constituye el fundamento de todas las libertades del hombre, también
en el plano histórico. La Orden trinitaria se inspira en este derecho fundamental,
siguiendo el modelo luminoso de su fundador, Juan de Mata, que de teólogo en París,
de ser hombre de doctrina, pasó a ser también constructor de paz, constructor de libertad
religiosa, vistiendo el hábito sacerdotal y fundando la Orden de la Santísima Trinidad.
El desarrollo de los principios de los derechos humanos
Permítanme
comenzar, haciendo brevemente memoria de la reciente articulación de los derechos
humanos. Sabemos que los conceptos de derechos humanos se desarrollaron a lo largo
de muchos siglos, por no decir milenios, y parte de dicho desarrollo lo constituyen
los principios de libertad de conciencia y de expresión. Una de las manifestaciones
de la libertad de conciencia es la libertad de culto, de profesar la propia religión.
Es este uno de los pilares de todas las libertades humanas. Como es natural, las libertades
humanas han sido a menudo objeto de disputas, de negaciones y de restricciones. Dichas
libertades, padecieron el culmen del abuso en lo tiempos que consintieron la esclavitud
y también han sido prácticamente eliminadas durante los genocidios que la historia
de la humanidad ha experimentado. Por ello fue cobrando fuerza la idea de la urgente
necesidad de dar a estas libertades una expresión formal y una implementación práctica.
Más cercano a nuestro momento actual, recordamos el intenso deseo de paz experimentado
al final de la Segunda Guerra Mundial. Las Naciones Unidas proclamaron su Declaración
Universal de los Derechos Humanos (UDHR) en diciembre de 1948. Y en el preámbulo,
en la primera frase de la Declaración, encontramos la relación directa entre la paz,
los derechos humanos y el reconocimiento de la dignidad intrínseca de todos los miembros
de la familia humana: “Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo
tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales
e inalienables de todos los miembros de la familia humana…” Más aun, los Estados
Miembros proclamaban esta Declaración Universal “como ideal común por el que todos
los pueblos y naciones…,” con la esperanza de que cada uno y todos los órganos de
la sociedad promuevan el respeto por los derechos y las libertades en ella contenidos.
El respeto debería significar esfuerzos locales e internacionales para asegurar su
efectivo y universal reconocimiento y observancia de esos derechos y libertades. Otra
gran proclamación de Naciones Unidas llegó en 1968. El Pacto Internacional sobre Derechos
Civiles y Políticos (ICCPR) afirmaba que nadie será objeto de medidas coercitivas
que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias
de su elección. Más aun, la libertad de manifestar la propia religión o las propias
creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean
necesarias para proteger el orden, la seguridad, la salud o la moral públicos, o los
derechos y libertades fundamentales de los demás. Llamaba además a todos los Estados
Partes a que se comprometieran a respetar la libertad de los padres para garantizar
que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones. El ICCPR afirmaba además el derecho de las minorías a profesar y practicar
su propia religión. Recordemos ahora algunas características cruciales de los
derechos humanos fundamentales. Estos derechos son universales, porque están presentes
en todos los seres humanos, sin excepción alguna de tiempo, de lugar o de sujeto.
Son inviolables, en cuanto inherentes a la persona humana y a su dignidad y porque
sería vano proclamar los derechos, si al mismo tiempo no se realizase todo esfuerzo
para que sea debidamente asegurado su respeto por parte de todos, en todas partes
y con referencia a quien sea. Por último, estos derechos son inalienables, porque
nadie puede privar legítimamente de ellos a uno solo de sus semejantes, sea quien
sea, porque iría contra su propia naturaleza.
Libertad religiosa
y doctrina / Libertad religiosa y dignidad del hombre/ MGMP 2010
La libertad
religiosa es un pilar de la Doctrina Social de la Iglesia. Como elemento fundamental
e irrenunciable de la dignidad humana, constituye una piedra angular para la construcción
de la justicia en este mundo. La Iglesia sostiene que la fuente última de los derechos
humanos se encuentra en la persona humana y en Dios su Creador. En palabras del filósofo
Jacques Maritain: “El valor de la persona, su libertad, sus derechos, surgen precisamente
del orden de los cosas naturalmente sagradas que llevan consigo la huella del Padre
del Ser y que tienen en él la finalidad de ese movimiento. Una persona posee una dignidad
absoluta porque está en una relación directa con el Absoluto, el único en el que puede
hallar su plena realización.” Los derechos humanos surgen de nuestra dignidad al haber
sido creados a imagen y semejanza de Dios y nos vienen dados en la naturaleza humana.
No son producidos por el Estado o por los poderes públicos. No son el producto de
un voto o de un consenso, como tampoco el ser humano está sometido a un voto. He aquí
la razón fundamental por la cual Benedicto XVI exhorta continuamente a los cristianos
a hacerse constructores, promotores de la libertad de religión, ya sea donde los cristianos
constituyen la mayoría religiosa de la población, ya sea donde éstos se encuentran
en condición de minoría, y también donde se encuentran en situación de persecución
atroz (situación por desgracia cada vez más frecuente). Todos reconocemos las tensiones
religiosas presentes en Europa y en otras regiones del mundo. Un centro de investigación
norteamericano muestra que se ha desarrollado un aumento general de las hostilidades
sociales de matriz religiosa entre 2007 y 2011 en cuatro países que ha examinado (Reino
Unido, Francia, Alemania e Italia), pero señala también que solamente se ha presentado
un leve aumento en restricciones impuestas por los gobiernos. Es este un elemento
positivo, y la investigación concluye diciendo que: cuanto más una nación protege
la libertad religiosa para todos, menos alto será el nivel de las hostilidades sociales
con base en la religión. La investigación muestra también que esas hostilidades son
más pronunciadas en algunas regiones, y sobre todo en algunas zonas de Asia y de África.
A finales de octubre de este año, por ejemplo, “un atacante suicida hizo estallar
un jeep cargado de explosivos contra una iglesia católica repleta de gente, en Aduna,
al Norte de Nigeria, matando al menos a ocho personas e hiriendo a más de cien.” De
acuerdo al reportero de The Telegraph “, la tragedia llevaba la impronta de numerosos
ataques similares llevados a cabo por Boko Haram (que se podría traducir como ‘la
educación occidental es pecado’), un grupo militante particularmente sanguinario.
Otros puntos conflictivos notables se han presentado en Egipto, donde cerca de 600.000
coptos… han emigrado desde la década de los 80’s ante el acoso constante o la opresión
absoluta.” El título de este artículo que dice mucho sobre la situación es: “Cristianos
perseguidos en el mundo entero”. Por ejemplo, a inicios de este mes de noviembre,
en un artículo de la revista semanal American Catholic se leían estas observaciones:
El Padre McCulloch observa que los mayores problemas que se les plantean hoy en
día a los cristianos en Pakistán surgen de “una discriminación continua basada en
la religión” y “en la siempre presente amenaza de abuso o mal uso de la leyes contra
la blasfemia.” Cree que “el mismo hablar de minoría y de mayoría” en realidad “marginaliza
a los cristianos en su propio país” y afirma que “los programas de estudios y los
libros de texto promueven un clima de intolerancia” que es “ofensivo” e “insulta”
a los jóvenes cristianos e hindúes en la escuela. En el Mensaje para la celebración
de la Jornada Mundial de la Paz del 2010, el Santo Padre Benedicto XVI ha señalado
que la naturaleza transcendente de la persona humana – en cuya dignidad hunde sus
raíces el derecho a la libertad religiosa- «no debe ser ignorada y descuidada. Dios
ha creado al hombre y a la mujer a su imagen y semejanza. Por esto cada persona es
titular del derecho sagrado a una vida íntegra, también desde el punto de vista espiritual».
Así, si el derecho fundamental a la libertad religiosa reside en la dignidad de
la persona humana, este es inherente a todos los hombres, también a aquellos que profesan
un credo distinto del nuestro o a aquellos que no profesan un credo religioso. Y –
como elemento fundamental - este reconocimiento no se encuadra sólo en el ámbito de
los acuerdos políticos o jurídicos, sino que constituye, a pleno título, un deber
moral, por lo que constituye también una cuestión de justicia universal. Cuando
la libertad religiosa es reconocida por la ley positiva, por la cultura y por la mentalidad,
la dignidad de la persona humana es respetada desde la raíz, reforzando el ethos y
las instituciones de los pueblos. Viceversa, cuando esta es conculcada y negada, se
ofende la dignidad humana y, al mismo tiempo, la justicia y la paz se ven amenazadas.
En este sentido, la libertad religiosa constituye un fundamento del bien común,
otra categoría central de la Doctrina Social de la Iglesia. Efectivamente, el
bien común incluye la libertad religiosa en el sentido de que ésta expresa la dimensión
transcendental (y no sólo inmanente) de la persona humana. El bien común – se lee
en la Gaudium et Spes- es «el conjunto de aquellas condiciones de vida social que
permiten tanto a los grupos como a los individuos de poder alcanzar la propia perfección
más plenamente y más expeditamente». Así, si en las relaciones humanas y en la sociedad,
el hombre es golpeado en su dignidad, entonces no puede existir ni una expresión plena
de la naturaleza del hombre ni un recto orden social. He aquí la razón fundamental
por la cual el ordenamiento jurídico internacional reconoce a los derechos de naturaleza
religiosa el mismo status del derecho a la vida y a la libertad personal. Esto
confirma su neta pertenencia a los derechos fundamentales, es decir, a aquellos derechos
naturales y universales que ninguna ley positiva, es decir, humana, podrá nunca negar.
A propósito, se lee en la Dignitatis humanae: «el poder civil debe proveer para
que la igualdad jurídica de los ciudadanos, que también pertenece al bien común de
la sociedad, no resulte nunca dañada por motivos religiosos, abiertamente o de forma
oculta, y que no se haga discriminación entre ellos». De ello deriva «que no está
permitido al poder público imponer a los ciudadanos con la violencia o con el temor
o con otros medios la profesión de una religión cualquiera, y tampoco su negación».
Benedicto XVI / La Caritas in veritate/ La religión en el
espacio público/ La relación
Las extensas proyecciones del concepto de
libertad religiosa, nos sitúan frente a una de las cuestiones más importantes y difíciles
de nuestro tiempo: la de la convivencia libre y pacífica entre las diversas culturas
y religiones, y su respectivo rol en el espacio público. En este contexto, quisiera
recordar casi en su integridad, un texto fundamental presente en el capítulo V de
la Caritas in veritate, dedicado a la Colaboración de la familia humana. Escribe Benedicto
XVI: «La religión cristiana y las otras religiones pueden dar su aportación al desarrollo
sólo si Dios encuentra un lugar en la esfera pública (…). La negación del derecho
a profesar públicamente la propia religión y a obrar para que las verdades de la fe
informen también la vida pública, trae consigo consecuencias negativas para el verdadero
desarrollo. La exclusión de la religión del ámbito público, como también el fundamentalismo
religioso, impiden el encuentro entre las personas y su colaboración para el progreso
de la humanidad. La vida pública se empobrece de motivaciones y la política asume
un rostro opresor y agresivo. Los derechos humanos corren el riesgo de no ser respetados,
o porque son privados de su fundamento transcendente o porque no es reconocida la
libertad personal. En el laicismo y en el fundamentalismo se pierde la posibilidad
de un diálogo fecundo y de una colaboración provechosa entre la razón y la fe religiosa». Pues
bien, en estas densísimas líneas, Benedicto XVI define la conexión central y frecuentemente
dramática que subsiste entre libertad religiosa y religión en el espacio público.
La libertad religiosa, efectivamente, no debe ser solamente tutelada a nivel jurídico
como libertad del individuo, a ejercer sólo en su corazón o en su vida privada, sino
que debe ser afrontada y entendida necesariamente también en su dimensión exterior,
en su dimensión pública. Así como la persona se define como individuo en relación,
así también la libertad religiosa – cuyo punto de partida es el individuo- no se realiza
si no es en comunión con los demás. Toda libertad, por lo demás, no llega a su cumplimiento
si no es en relación con los demás. La idea de relación, efectivamente, constituye
el núcleo del cristianismo como relación del hombre con Dios, a través de la Encarnación
y la Cruz, y relación entre los hermanos, y representa uno de los quicios del pontificado
de Benedicto XVI. Así, si la libertad religiosa non es entendida también en su
dimensión pública, el desarrollo de toda la sociedad resulta mutilado porque está
privado de la contribución de la religión en el discurso público y en la inspiración
cultural y social. Fundamental, en este sentido, es aclarar que la libertad religiosa
en el espacio público, es decir la defensa y valorización de la religión en el espacio
público, no constituye una instancia teocrática o hierocrática, sino una garantía
para la libertad de todos, para la definición del bien común y, en todo caso, para
la búsqueda del bien común en condiciones sociales de seguridad y paz. Cada uno
de nosotros tiene el derecho a buscar la verdad según sus propias convicciones, experiencia
e ideas. Y, a nivel de búsqueda religiosa, si la persona no es reconocida como ser
espiritual en su tensión hacia la trascendencia, «la persona humana se repliega sobre
sí misma, no logra encontrar respuestas a los interrogantes de su corazón sobre el
sentido de la vida, ni a conquistar valores y principios éticos perdurables, y no
logra ni siquiera experimentar una libertad auténtica ni desarrollar una sociedad
justa». Así, en resumen podemos reafirmar que, sin esta libertad la persona no gozaría
de la paz: paz consigo mismo y paz con los hermanos. Y es esta la razón por la cual,
en primer lugar, los jerarcas de las religiones han de ser los principales artífices
y promotores de la defensa de la libertad religiosa de todo ser humano, en un contexto
de diálogo, respeto, garantía y paz entre ellos, en todas las regiones del mundo.
De aquí, la ulterior proyección de la libertad religiosa, que la vincula a un
concepto de laicidad muy apreciado por Benedicto XVI y por todos nosotros, que en
el respeto del pluralismo y de las libertades, valora la religión en el espacio público,
disponiendo a todos a dialogar y a convivir en el reconocimiento – que es más que
la simple tolerancia- con la diversidad de fe y de culturas que el progreso de la
sociedad interreligiosa e intercultural presenta cada vez más.
Liberación-cristianismo
/ Dignitatis Humanae/ Casos de persecución
En la Carta a los Gálatas,
san Pablo dice: «Hermanos, Cristo nos ha liberado para la libertad. Perseverad, por
tanto y no os dejéis imponer de nuevo el yugo de la esclavitud. Vosotros, hermanos,
habéis sido llamados para vivir en libertadۛ». Pues bien, nosotros hemos sido
llamados a la libertad. «Si permanecéis fieles a mi palabra – dice Cristo- seréis
verdaderamente discípulos míos y conoceréis la verdad, y la verdad os hará libres». La
libertad del hombre proviene de Dios que nos ha amado hasta llegar a sacrificar su
vida por nosotros. Así, el amor de Cristo es para nosotros fuente de liberación. Sin
este amor, sin este alimento, permanecemos esclavos de alimentos ilusorios. La
libertad es para nosotros, los cristianos, el primer don recibido de Dios, porque
nos hace iguales, como hijos, ante el Padre. La libertad de cada uno de nosotros es
el primer sostén de nuestra fe, porque nos hace comprender el sentido de la responsabilidad
en esta vida: responsabilidad hacia nosotros mismos, hacia nuestros hermanos y hacia
el Señor. La libertad religiosa, que en la historia se ha constituido como fundamento
de todas las libertades – en primer lugar, de la libertad de conciencia y de expresión
- tiene para nosotros un valor de importancia capital. Tenemos que mucho vigilar sobre
ella, porque en su relación con la historia (es decir, con el siglo, con la política)
está expuesta a instrumentalizaciones, partidismos, abusos, negaciones. Nace aquí
la pregunta sobre qué especificaciones jurídicas dar a esta libertad: una cuestión
ampliamente debatida en torno a la declaración conciliar Dignitatis Humanae, el último
y quizás el más discutido de los documentos aprobados por el Concilio Vaticano II,
en diciembre de 1965, es decir, un siglo después de la encíclica Quanta cura y del
Sillabo. En la Dignitatis Humanae se distingue el primado de la conciencia y la
no competencia del Estado en materia de religión: «los actos religiosos con que los
hombres, partiendo de su íntima convicción, se relacionan privada y públicamente con
Dios, trascienden por su naturaleza el orden terrestre y temporal. Por consiguiente,
la autoridad civil, cuyo fin propio es velar por el bien común temporal, debe reconocer
y favorecer la vida religiosa de los ciudadanos; pero excede su competencia si pretende
dirigir o impedir los actos religiosos». El tema de la libertad religiosa se mueve
a menudo en un ámbito sutil y arriesgado, especialmente si se afronta en territorios
donde se es mayoría religiosa o minoría religiosa. En ambos casos se está expuesto
a instrumentalizaciones políticas e ideológicas. Por ello, a ejemplo del fundador
San Juan de Mata, a partir del Evangelio, debemos mantenernos firmes en su inspiración
donde quiera que estemos, porque es el Evangelio el que nos da la más sólida lectura
de este argumento. [Jesús se proclamó a sí mismo como camino, verdad y vida (Juan
4,16); enseñó cómo vivir para alcanzar la salvación. Sin embargo, no obligó a nadie
a seguir sus preceptos; aceptó que algunos se alejaran de Él porque no querían aceptar
los cambios necesarios en sus vidas (Mt 19,16-30; Mc 10,17-31; Lc 18,18-30). En esos
encuentros, la libertad religiosa del joven rico fue fundamental para Jesús]. ¿Por
qué? En primer lugar, porque nos hace comprender la sacralidad de la libertad del
hombre y la consiguiente declinación, en términos de derechos inviolables en la historia:
derechos de todos los hombres en cuanto hombres. La Dignitatis humanae también en
esto es formidable: enunciando la supremacía de la conciencia y, por tanto, de la
libertad de conciencia, pone un escudo como protección de ésta para cada hombre en
su búsqueda vital. La supremacía de la conciencia, por tanto, sobre toda autoridad,
constituye para cada uno un irrenunciable e inalienable principio de libertad y de
responsabilidad: «es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres»; « ¿es justo
ante Dios obedeceros a vosotros antes que a Dios?». Por tanto, ¿por qué conculcar
la «ley de la libertad»? La libertad religiosa es un derecho inviolable que, en cuanto
tal, obliga a cada uno de nosotros al respeto hacia aquello en lo que el otro cree,
donde quiera que se encuentre. Os propongo estas rápidas y significativas declaraciones
entresacadas de la Dignitatis Humanae: los hombres pueden y deben obrar «movidos por
la conciencia del deber y no empujados por medidas coercitivas», tienen derecho a
la «inmunidad de la coerción exterior»; «los seres humanos deber ser inmunes a la
coerción por parte de individuos, de grupos sociales y de cualquier poder humano».
Tienen «derecho a la inmunidad de la coerción exterior en materia religiosa»; «la
persona, en la sociedad, debe ser inmune a toda coerción humana en materia religiosa».
Como nos lo ha indicado el Papa Benedicto XVI en su reciente viaje apostólico
al Líbano, para seguir defendiendo el derecho a la libertad religiosa, es necesario
mantenerla libre también de dos tendencias que se oponen hoy en día y que son contrarias
a la libertad de religión. Son las formas extremas y negativas de la secularización,
y el violento fundamentalismo que aduce tener como base la religión. El Santo
Padre condena el secularismo que quiere reducir la religión a un asunto puramente
privado, y que considera el culto personal o familiar como algo separado de la vida
de cada día, de la ética y de la relación con los demás. Además, el secularismo niega
a los ciudadanos el derecho de expresar abiertamente su religión, cediendo al Estado
sobre la libertad de expresión. Por contraste, la secularidad es una orientación positiva.
Libera la religión de las trabas de una política auto-interesada que a veces es poco
compatible, por no decir antitética, con la creencia religiosa. El otro problema
es el fundamentalismo en sus formas extremas. El Santo Padre explica cómo el fenómeno
surge de la inestabilidad económica y política, de la prontitud de algunos a manipular
a otros, y de una comprensión defectuosa de la religión. El extremismo fundamentalista
aflige a todas las comunidades religiosas y niega la antigua tradición de coexistencia,
porque quiere obtener poder, en ocasiones de forma violenta, sobre la conciencia individual,
y sobre la religión misma, por razones políticas. Sigue “una lógica opuesta a la lógica
divina, dicho con otras palabras, no enseñando y practicando el amor y el respeto
por la libertad, sino más bien enseñando y practicando la intolerancia y la violencia."
Esto no es religión, sino una falsificación de la religión, porque va en contra de
la esencia de la religión que busca reconciliar y crear la paz de Dios en el mundo
entero. Al respecto, las religiones llaman a purificar la religión de esas tentaciones
y a iluminar y purificar las conciencias. Todas las personas están llamadas a respetar
en el otro su propia alteridad y, en esa alteridad, la esencia que realmente tenemos
en común al estar hechos/as a imagen de Dios. Estamos llamados a tratar al otro como
una imagen de Dios. El mensaje esencial de la religión es contra la violencia, que
es además la falsificación de la misma, y debe ser la educación, la iluminación y
la purificación de las conciencias, para que sean capaces de diálogo, de reconciliación
y de paz. En este sentido, quien busca y tutela la libertad religiosa se hace
artífice de paz. ¡Las persecuciones que, en el mundo, llenan de horror nuestro tiempo,
tienen que acabarse! Así, exhorto y animo a los Padres Trinitarios para que perseveren
en su continuo y precioso esfuerzo a favor de la defensa pacífica y concreta de las
minorías perseguidas y ofendidas; ojalá que, como sucedió con los primeros cristianos,
la sangre de los mártires fecunde la tierra para que todos los hombres vivan de una
manera más justa y respetuosa de la sacralidad de la vida de cada persona.
Conclusión
Por último, al hablar de la libertad religiosa, que
es la fuente y la síntesis de todos los derechos humanos, no podemos no recordar que
la aportación de una verdadera creencia religiosa, nos señala lo que hay más allá
de los aspectos prácticos, hacia el trascendente; y nos recuerda la posibilidad y
el imperativo de la conversión moral de todas las personas, del deber de vivir en
paz con nuestros vecinos, de la importancia de vivir una vida íntegra. Dicho con las
acertadas palabras de Jürgen Habermas, “Entre las sociedades modernas, solamente las
que son capaces de introducir en el contexto secular los contenidos esenciales que
apuntan más allá de lo meramente humano, serán capaces de rescatar la sustancia de
lo humano.” Si se entiende bien, la creencia religiosa aporta luces, purifica nuestros
corazones e inspira acciones nobles y generosas en beneficio de toda la familia humana;
y nos motiva a que cultivemos la práctica de la virtud y a amarnos los unos a los
otros. Los cristianos, que hoy constituyen el grupo religioso más perseguido en
el mundo, en la primera línea deberán seguir haciéndose promotores de un mensaje de
paz, para responder con la paz a la violencia, con el diálogo al abuso, con el amor
al perjuicio y a la prevaricación; con el espíritu de apertura y de reciprocidad,
a la desconfianza. En esto, tanto ellos, como los oprimidos no cristianos, tendrán
siempre el auxilio de la Santa Sede que, en cualquier contexto, no cesará nunca de
levantar su voz de condena hacia toda persecución y todo abuso del hombre sobre el
hombre. Muchas gracias Cardenal Peter K.A. Turkson Presidente