(RV).- En una declaración del Episcopado argentino con fecha del 16 de mayo, la Iglesia
se pronuncia sobre los proyectos de ley relacionadas con la “muerte digna” y “la identidad
de género” ésta última autoriza desde el 9 de mayo a travestis y transexuales a registrar
sus datos con el sexo elegido, tras haber sido votada en primera instancia por la
Cámara de Diputados en noviembre.
En lo que corresponde a la Muerte Digna,
la Iglesia argentina expresa su convicción de que se ha avanzado en aspectos referidos
a la proporcionalidad de los medios a utilizar en enfermos terminales, que eviten
un encarnizamiento terapéutico. Mantener una vida con medios artificiales no siempre
es moralmente obligatorio. Lamentamos, sin embargo, que entre estos medios se haya
incluido el posible rechazo de la “hidratación y alimentación”, como si fueran medios
desproporcionados, siendo, por el contrario, un acto humanitario que hace a una muerte
digna. Su privación, en cambio, sería una eutanasia pasiva.
Respecto a la ley
de “Identidad de Género”, la Conferencia de Obispos de Argentina destaca que si bien
se ha buscado responder a una realidad que presenta sus reclamos, no se ha tenido
en cuenta el significado objetivo del dato biológico como elemento primario en una
legislación sobre el tema de identidad sexual. Añaden que la diversidad sexual no
depende sólo de una decisión o construcción cultural, sino que tiene su raíz en un
dato de la naturaleza humana que presenta su propio lenguaje y significado. Desconocer
el valor y el alcance de este hecho debilita el sentido de la sexualidad que, en su
diversidad y complementariedad, debe orientar tanto la vida de las personas como la
tarea educativa y legislativa. Estas afirmaciones no significan desconocer la realidad
de personas que sufren por estos motivos.
Subrayan además que la ley, en cuanto
ordenamiento de la comunidad, debe tratar todo reclamo en el marco jurídico adecuado
y con las garantías que ello implica. Pero, dejar el tema de la identidad sexual a
un libre sentir o decisión de la persona, no corresponde a la certeza jurídica que
debe ofrecer una legislación a la sociedad. (Patricia L. Jáuregui Romero - Radio Vaticano) Fuente:
CEA