2005-05-10 18:45:48

“Una sentencia claramente injustificada”. Pesar de Radio Vaticano ante la sentencia contra la emisora por presunta contaminación electromagnética


Martes, 10 may (RV).- Ayer se dio a conocer la sentencia de primer grado del proceso contra Radio Vaticano por presunta contaminación electromagnética, emitida por la jueza Luisa Martone, del Tribunal de Roma, que dispone la condena de diez días de detención, con suspensión de la pena, para el Padre Pasquale Borgomeo, director general de nuestra emisora, y para el Cardenal Roberto Tucci, presidente del comité de gestión de Radio Vaticano hasta el año 2000. La misma sentencia absuelve al ingeniero Pacifici, vicedirector técnico.

La mencionada sentencia comprende además el pago de los gastos procesales, al tiempo que se deberá establecer en otra sede un resarcimiento de daños en relación con las partes civiles. Al conocer estas decisiones, la dirección de Radio Vaticano ha hecho público un comunicado de prensa en el que manifiesta su pesar puesto que se trata de “una sentencia claramente injustificada, tanto por consideraciones de derecho, como por motivos de hecho”, como lo expresó el Padre Federico Lombardi, director de Programas de Radio Vaticano:

“Postergando una valoración más profunda hasta que se publiquen las motivaciones de la sentencia –en un plazo de 90 días- la Dirección de Radio Vaticano expresa pesar por el hecho de que no se hayan reconocido la validez de sus posiciones y que las mismas no hayan sido acogidas por el Tribunal. Aún apreciando la absolución de uno de los imputados, se reserva impugnar en apelación una sentencia que considera claramente injustificada tanto por consideraciones de derecho, como por motivos de facto. Reiteramos, sin embargo, como hemos explicado muchas veces a lo largo de estos años, que ha sido confirmado también por la defensa durante el proceso que Radio Vaticano ha desarrollado siempre su actividad en el marco de los acuerdos internacionales que subsisten con Italia, relativos al Centro de transmisiones de Santa María de Galeria. Así como se ha atenido siempre a las recomendaciones internacionales en materia de emisiones electromagnéticas, aún antes de que existieran normativas italianas. Y que desde el año 2001, a raíz del acuerdo con el gobierno italiano, respeta atentamente los límites previstos por la nueva normativa italiana, actualmente en vigor, como demuestran las mediciones desarrolladas por mandato de la Comisión bilateral, de las instituciones públicas italianas más competentes y equipadas en esta materia. Puesto que dicha normativa es bastante restrictiva, no hay motivo justificado alguno de preocupación por parte de la población. Confiamos en que la justicia italiana, en los sucesivos grados de juicio, reconocerá al fin la correcta conducta de la Dirección de esta emisora, contribuyendo así a despejar el horizonte de las sombras que durante demasiado tiempo han causado daño a su buena reputación y que han contribuido a alimentar en la población temores infundados”.







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