El padre Lombardi lamenta que algunos medios presenten los casos de abusos apartándose
de la realidad
Sábado, 3 abr (RV).- El director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Padre Federico
Lombardi señala hoy, en una nota, que la «presentación de algunos medios sobre un
caso dramático de abusos por parte de un sacerdote de la diócesis estadounidense de
Tucson, en los años 70, se aparta de la realidad de los hechos ocurridos verdaderamente».
La
nota del padre Lombardi añade que «de la documentación, en efecto, resulta claramente
y con certeza que los responsables de la Congregación para la Doctrina de la Fe –
a la que se había dirigido la mencionada diócesis estadounidense, puesto que se trata
de un caso referido al crimen de ‘solicitación’ del sacramento de la penitencia -
se han interesado de forma activa en el curso de los años 90, con el fin de que el
proceso canónico en curso en la diócesis de Tucson se llevara a cabo debidamente.
Y ello ocurrió en 1997, con sentencia de reducción al estado laical. Lo que ha sido
confirmado con precisión, en las respuestas a las preguntas de la prensa local, por
parte del obispo de Tucson, Mons. Kicanas, también a través de la publicación de las
cartas provenientes de la misma Congregación».
Sin embargo, dicho sacerdote
«presentó una apelación contra la sentencia y su recurso llegó al Tribunal de la Congregación
cuando ya se había puesto en marcha la revisión de las normas canónicas precedentemente
en vigor». Por lo que – añade el P. Lombardi - «las apelaciones quedaron pendientes
hasta que entrara en vigor la nueva legislación en 2001, que lleva todos los casos
de ‘delitos más graves’ bajo la competencia de la Congregación para la Doctrina de
la Fe, para una gestión más segura y rápida». «A partir de 2001, todas las apelaciones
pendientes fueron gestionadas tempestivamente y, este caso fue uno de los primeros
en ser examinado. Ello requirió tiempo, también porque la documentación presentada
era particularmente voluminosa. En todo caso, la sentencia de primer grado fue confirmada
‘in toto’, es decir totalmente, con la consiguiente reducción al estado laical en
2004». Reitera la nota del director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, que
termina señalando que «no se debe olvidar que, aun cuando las apelaciones permanecen
pendientes y la sentencia queda suspendida, siguen en vigor las medidas cautelares
impuestas por el obispo al imputado. En efecto, en este caso el sacerdote ya había
sido suspendido desde el año 1990».