La Congregación para la Doctrina de la Fe responde a la Conferencia Episcopal de
EE.UU. señalando que es obligatorio suministrar alimento y agua a los pacientes en
estado vegetativo
Viernes, 14 sep (RV).- Es obligatorio suministrar alimento y agua, incluso por vía
artificial, mientras se demuestre que cumple la finalidad de procurar la hidratación
y la nutrición de los pacientes que se encuentran en estado vegetativo. Esta es la
respuesta de la Congregación para la Doctrina de la Fe a las cuestiones planteadas
por la Conferencia Episcopal estadounidense en relación al suministro de alimentación
e hidratación artificial.
Además la Congregación establece la obligatoriedad
de nutrir e hidratar artificialmente a un paciente en estado vegetativo incluso cuando
los médicos competentes juzguen con certeza moral que el paciente jamás recuperará
la consciencia. Estas respuestas, decididas en la sesión ordinaria de la Congregación
el pasado 1 de agosto, han sido aprobadas por Benedicto XVI durante la audiencia concedida
al prefecto del dicasterio, cardenal William Levada, y ordenado que se publicaran
hoy.
La Congregación para la Doctrina de la Fe responde de esta forma a las
preguntas presentadas el 11 de julio de 2005, por el presidente de la Conferencia
Episcopal Estadounidense con respecto a la alimentación e hidratación de los pacientes
que se encuentran en la condición comúnmente denominada “estado vegetativo”. El objeto
de las preguntas era si la alimentación e hidratación de estos pacientes, sobre todo
cuando son suministradas por vía artificial, no constituye una carga excesivamente
pesada para ellos, sus familiares y para el sistema sanitario, hasta el punto de poder
ser consideradas, también a la luz de la doctrina moral de la Iglesia, un medio extraordinario
o desproporcionado, y, por lo tanto, moralmente no obligatorio.
El comentario
de la Congregación se refiere de forma particular al discurso del Papa Pío XII a los
participantes en un Congreso de Anestesiología en 1957, el cual suele invocarse en
favor de la posibilidad de renunciar a la alimentación e hidratación de estos pacientes,
y que alude al uso de medios que no constituyan una carga extraordinaria para el paciente
o los demás. En este sentido, el dicasterio aclara que las respuestas dadas por
Pío XII se referían al uso e interrupción de técnicas de reanimación. Pero el caso
actual nada tiene que ver con esas técnicas, porque “los pacientes en estado vegetativo
respiran espontáneamente, digieren naturalmente los alimentos, realizan otras funciones
metabólicas y se encuentran en una situación estable.
Por lo tanto el
principio formulado por Pío XII no puede ser interpretado como si fuera lícito abandonar
a su propia suerte a los pacientes cuya atención ordinaria imponga una carga considerable
para la familia, dejándolos morir. Como tampoco lo sería en el caso de un tetrapléjico,
un enfermo mental grave o un paciente con Alzheimer. Todos ellos “son personas que
necesitan asistencia continua por espacio de meses e incluso años”.