“Motu Proprio data” Summorum Pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior
a la reforma de 1979
Sábado, 7 jul (Rv).- Reconciliación: es esta la palabra clave, la razón positiva del
Motu Propio Summorum Pontificum de Benedicto XVI sobre el uso del misal romano de
1962 publicado hoy. Así lo subraya el Papa en la carta dirigida a los obispos de todo
el mundo, que acompaña el documento.
Queridos Hermanos en el Episcopado: Con
gran confianza y esperanza pongo en vuestras manos de Pastores el texto de una nueva
Carta Apostólica “Motu Proprio data” sobre el uso de la liturgia romana anterior a
la reforma efectuada en 1970. El documento es fruto de largas reflexiones, múltiples
consultas y de oración.
Noticias y juicios hechos sin información suficiente
han creado no poca confusión. Se han dado reacciones muy divergentes, que van desde
una aceptación con alegría a una oposición dura, a un proyecto cuyo contenido en realidad
no se conocía.
A este documento se contraponían más directamente dos temores,
que quisiera afrontar un poco más de cerca en esta carta.
En primer lugar existe
el temor de que se menoscabe la Autoridad del Concilio Vaticano II y de que una de
sus decisiones esenciales – la reforma litúrgica – se ponga en duda. Este temor es
infundado. Al respecto, es necesario afirmar en primer lugar que el Misal, publicado
por Pablo VI y reeditado después en dos ediciones sucesivas por Juan Pablo II, obviamente
es y permanece la Forma normal – la Forma ordinaria – de la Liturgia Eucarística.
La última redacción del Missale Romanum, anterior al Concilio, que fue publicada con
la autoridad del Papa Juan XXIII en 1962 y utilizada durante el Concilio, podrá, en
cambio, ser utilizada como Forma extraordinaria de la Celebración litúrgica. Non es
apropiado hablar de estas dos redacciones del Misal Romano como si fueran “dos Ritos”.
Se trata, más bien, de un doble uso del mismo y único Rito.
Por lo que se refiere
al uso del Misal de 1962, como Forma extraordinaria de la Liturgia de la Misa, quisiera
llamar la atención sobre el hecho de que este Misal no ha sido nunca jurídicamente
abrogado y, por consiguiente, en principio, ha quedado siempre permitido. En el momento
de la introducción del nuevo Misal, no pareció necesario emitir normas propias para
el posible uso del Misal anterior. Probablemente se supuso que se trataría de pocos
casos singulares que podrían resolverse, caso por caso, en cada lugar. Después, en
cambio, se demostró pronto que no pocos permanecían fuertemente ligados a este uso
del Rito romano que, desde la infancia, se les había hecho familiar. Esto sucedió,
sobre todo, en los Países en los que el movimiento litúrgico había dado a muchas personas
una notable formación litúrgica y una profunda e íntima familiaridad con la Forma
anterior de la Celebración litúrgica. Todos sabemos que, en el movimiento guiado
por el Arzobispo Lefebvre, la fidelidad al Misal antiguo llegó a ser un signo distintivo
externo; pero las razones de la ruptura que de aquí nacía se encontraban más en profundidad.
Muchas personas que aceptaban claramente el carácter vinculante del Concilio Vaticano
II y que eran fieles al Papa y a los Obispos, deseaban no obstante reencontrar la
forma, querida para ellos, de la sagrada Liturgia. Esto sucedió sobre todo porque
en muchos lugares no se celebraba de una manera fiel a las prescripciones del nuevo
Misal, sino que éste llegó a entenderse como una autorización e incluso como una obligación
a la creatividad, lo cual llevó a menudo a deformaciones de la Liturgia al límite
de lo soportable. Hablo por experiencia porque he vivido también yo aquel periodo
con todas sus expectativas y confusiones. Y he visto hasta qué punto han sido profundamente
heridas por las deformaciones arbitrarias de la Liturgia personas que estaban totalmente
radicadas en la fe de la Iglesia.
El Papa Juan Pablo II se vio por tanto obligado
a ofrecer con el Motu Proprio “Ecclesia Dei” del 2 de julio de 1988, un cuadro normativo
para el uso del Misal de 1962, pero que no contenía prescripciones detalladas sino
que apelaba, en modo más general, a la generosidad de los Obispos respecto a las “justas
aspiraciones” de aquellos fieles que pedían este uso del Rito romano. En aquel momento
el Papa quería ayudar de este modo sobre todo a la Fraternidad San Pío X a reencontrar
la plena unidad con el Sucesor de Pedro, intentando curar una herida que era sentida
cada vez con más dolor. Por desgracia esta reconciliación hasta ahora no se ha logrado;
sin embargo una serie de comunidades han utilizado con gratitud las posibilidades
de este Motu Proprio. Permanece difícil, en cambio, la cuestión del uso del Misal
de 1962 fuera de estos grupos, para los cuales faltaban normas jurídicas precisas,
sobre todo porque a menudo los Obispos en estos casos temían que la autoridad del
Concilio fuera puesta en duda. Enseguida después del Concilio Vaticano II se podía
suponer que la petición del uso del Misal de 1962 se limitaría a la generación más
anciana que había crecido con él, pero desde entonces se ha visto claramente que también
personas jóvenes descubren esta forma litúrgica, se sienten atraídos por ella y encuentran
en la misma una forma, particularmente adecuada para ellos, de encuentro con el Misterio
de la Santísima Eucaristía. Así ha surgido la necesidad de un reglamento jurídico
más claro que, en tiempos del Motu Proprio de 1988 no era previsible; estas Normas
pretenden también liberar a los Obispos de tener que valorar siempre de nuevo cómo
responder a las diversas situaciones.
En segundo lugar, en las discusiones
sobre el esperado Motu Proprio, se expresó el temor de que una más amplia posibilidad
de uso del Misal de 1962 podría llevar a desórdenes e incluso a divisiones en las
comunidades parroquiales. Tampoco este temor me parece realmente fundado. El uso del
Misal antiguo presupone un cierto nivel de formación litúrgica y un acceso a la lengua
latina; tanto uno como otro no se encuentran tan a menudo. Ya con estos presupuestos
concretos se ve claramente que el nuevo Misal permanecerá, ciertamente, la Forma ordinaria
del Rito Romano, no sólo por la normativa jurídica sino por la situación real en que
se encuentran las comunidades de fieles.
Es verdad que no faltan exageraciones
y algunas veces aspectos sociales indebidamente vinculados a la actitud de los fieles
que siguen la antigua tradición litúrgica latina. Vuestra caridad y prudencia pastoral
serán estímulo y guía para un perfeccionamiento. Por lo demás, las dos Formas del
uso del Rito romano pueden enriquecerse mutuamente: en el Misal antiguo se podrán
y deberán inserir nuevos santos y algunos de los nuevos prefacios. La Comisión “Ecclesia
Dei”, en contacto con los diversos entes locales dedicados al usus antiquior, estudiará
las posibilidades prácticas. En la celebración de la Misa según el Misal de Pablo
VI se podrá manifestar, en un modo más intenso de cuanto se ha hecho a menudo hasta
ahora, aquella sacralidad que atrae a muchos hacia el uso antiguo. La garantía más
segura para que el Misal de Pablo VI pueda unir a las comunidades parroquiales y sea
amado por ellas consiste en celebrar con gran reverencia de acuerdo con las prescripciones;
esto hace visible la riqueza espiritual y la profundidad teológica de este Misal.
De
este modo he llegado a la razón positiva que me ha motivado a poner al día mediante
este Motu Proprio el de 1988. Se trata de llegar a una reconciliación interna en el
seno de la Iglesia. Mirando al pasado, a las divisiones que a lo largo de los siglos
han desgarrado el Cuerpo de Cristo, se tiene continuamente la impresión de que en
momentos críticos en los que la división estaba naciendo, no se ha hecho lo suficiente
por parte de los responsables de la Iglesia para conservar o conquistar la reconciliación
y la unidad; se tiene la impresión de que las omisiones de la Iglesia han tenido su
parte de culpa en el hecho de que estas divisiones hayan podido consolidarse. Esta
mirada al pasado nos impone hoy una obligación: hacer todos los esfuerzos para que
a todos aquellos que tienen verdaderamente el deseo de la unidad se les haga posible
permanecer en esta unidad o reencontrarla de nuevo. Me viene a la mente una frase
de la segunda carta a los Corintios donde Pablo escribe: “Corintios, os hemos hablado
con toda franqueza; nuestro corazón se ha abierto de par en par. No está cerrado nuestro
corazón para vosotros; los vuestros sí que lo están para nosotros. Correspondednos;
... abríos también vosotros” (2 Cor 6,11-13). Pablo lo dice ciertamente en otro contexto,
pero su invitación puede y debe tocarnos a nosotros, justamente en este tema. Abramos
generosamente nuestro corazón y dejemos entrar todo a lo que la fe misma ofrece espacio.
No
hay ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale Romanum. En la historia
de la Liturgia hay crecimiento y progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones
anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede
ser improvisamente totalmente prohibido o incluso perjudicial. Nos hace bien a todos
conservar las riquezas que han crecido en la fe y en la oración de la Iglesia y de
darles el justo puesto. Obviamente para vivir la plena comunión tampoco los sacerdotes
de las Comunidades que siguen el uso antiguo pueden, en principio, excluir la celebración
según los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el reconocimiento del valor
y de la santidad del nuevo rito la exclusión total del mismo.
En conclusión,
queridos Hermanos, quiero de todo corazón subrayar que estas nuevas normas no disminuyen
de ningún modo vuestra autoridad y responsabilidad ni sobre la liturgia, ni sobre
la pastoral de vuestros fieles. Cada Obispo, en efecto es el moderador de la liturgia
en la propia diócesis (cfr. Sacrosanctum Concilium, n. 22: “Sacrae Liturgiae moderatio
ab Ecclessiae auctoritate unice pendet quae quidem est apud Apostolicam Sedem et,
ad normam iuris, apud Episcoporum”).
Por tanto, no se quita nada a la autoridad
del Obispo cuyo papel será siempre el de vigilar para que todo se desarrolle con paz
y serenidad. Si surgiera algún problema que el párroco no pueda resolver, el Ordinario
local podrá siempre intervenir, pero en total armonía con cuanto establecido por las
nuevas normas del Motu Proprio.
Además os invito, queridos Hermanos, a escribir
a la Santa Sede un informe sobre vuestras experiencias tres años después de que entre
en vigor este Motu Proprio. Si vinieran a la luz dificultades serias se buscarían
vías para encontrar el remedio.
Queridos Hermanos, con ánimo agradecido y
confiado, confío a vuestro corazón de Pastores estas páginas y las normas del Motu
Prorpio. Recordemos siempre las palabras que el Apóstol Pablo dirigió a los presbíteros
de Efeso “Tened cuidado de vosotros y de toda la grey, en medio de la cual os ha puesto
el Espíritu Santo como vigilantes para pastorear la Iglesia de Dios, que él se adquirió
con la sangre de su propio Hijo” (Hechos 20,28). Confío a la potente intercesión
de María, Madre de la Iglesia, estas nuevas normas e imparto de corazón mi Bendición
Apostólica a Vosotros, queridos Hermanos, a los párrocos de vuestras diócesis y a
todos los sacerdotes, vuestros colaboradores, así como a todos vuestros fieles.